BASES DE LEGALES
"Descuentos Especiales Cyber Pocuro "
En Santiago de Chile, a 20 de septiembre de 2023, comparecen las sociedades INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUE S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; e INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3, debidamente representadas por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6 y por don Rodrigo Alonso Bolzoni, cédula de identidad número 7.362.067-8, todos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; y exponen que están efectuando una promoción entre los entre los días 20 de septiembre de 2023y el 05 de octubre de 2023, ambos inclusive o, hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento especial sobre el precio de lista, para las reservas de viviendas singularizadas más adelante, de los proyectos que se indican a continuación, y siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
Proyecto | Etapa | Modelo | Lote o Unidad | Precio de Lista | Descuento (UF) | % Dscto |
Condominio Alcázar | Torre 1 | D2 3D+3B | 1112 | 5.200 | 260 | 5% |
Condominio Altos de Idahue | Edificio Coihue | A2 2D+3B | T2-0302 | 8.150 | 1.060 | 13% |
Conjunto Hacienda Maule | Etapa 3 | Nahuen 3D+3B | Ñ-19 | 4.390 | 439 | 10% |
Condominio Altos de San Andrés | Torre 1 | B1.2 3D+3B | T1-106 | 4.850 | 485 | 10% |
Condominio Terramar | Torre Sur | Tipo 1 3D+2B | 201 | 4.650 | 558 | 12% |
Condominio Los Nogales II | Etapa II etapa 1A | Castaño 3D+3B | 15 Etapa 1A | 5.550 | 555 | 10% |
Condominio Los Sauces 3 | 3 | B2 2D+2B | T-1-404 | 4.960 | 297 | 6 % |
Barrio Los Castaños VII | VII-Etapa 3 | Acacia 4D+3B | H-1 | 7.140 | 714 | 10% |
Conjunto Valles de Peñaflor VII 1B-2A-2B-3 | VII-Etapa 1B | Lingue 3D+3B | C-13 | 5.300 | 530 | 10% |
Condominio Vista Golf Deptos | Torre 12B | Modelo C 3D+2B | 303 | 6.380 | 510 | 8% |
Conjunto Santa Bárbara III | Et. 3 | Maitén 3D+3B | I-1 | 4.370 | 437 | 10% |
Villa Tres Vientos | X | Puyehue | V-29 4D-3B | 5.145 | 515 | 10% |
Altos de Lircay | Torre B | Tipo A | 1211 3D-2B | 3.640 | 182 | 5% |
Hacienda San Sebastián III | Etapa II | Casa Coihue | Casa 76 3D-3B | 5.300 | 424 | 8% |
Jardín del Valle | I | B | TH-62 2D-3B | 3.280 | 328 | 10% |
La Reserva de Machalí V | Etapa V.2 | Catemu | E-39 3D-3B | 3.950 | 395 | 10% |
Terrazas del Sol IV | Torre B | Tipo C | TB-208 3D-2B | 4.890 | 200 | 4,1% |
Jardines del Portal | Torre B | Tipo J | 1309 2D-2B | 5.010 | 401 | 8% |
Vista Valle | Etapa V | Lanalhue | F-2 3D-3B | 4.390 | 439 | 10% |
Vista Golf Casas | Etapa 3 | Casa Ulmo | 15 3D-4B | 8.600 | 516 | 6% |
Vista Cordillera II | Torre C | Tipo A | 407 3D-2B | 3.470 | 173 | 5% |
Portal del Sur X | X | Rehue 3D-2B | A-10-10 | 3.620 | 100 | 3% |
Todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas. Se deja constancia que todas las unidades que son parte de esta promoción, serán escrituradas una vez que la Inmobiliaria cuente con recepción final y autorización para enajenar.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que reserven alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, entre los días 20 de septiembre de 2023y el 05 de octubre de 2023, ambos inclusive o, hasta agotar stock de unidades disponibles, siempre que, posteriormente firmen un contrato de promesa de compraventa sobre dicho inmueble en un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la reserva; y no sean de aquellas personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 20 de septiembre de 2023y el día 05 de octubre de 2023, ambos inclusive o, hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta al momento de la reserva, conforme a los montos indicados en la letra A precedente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por las sociedades indicadas anteriormente, o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, las sociedades indicadas anteriormente suspendan o modifiquen total o parcialmente esta Promoción, lo comunicarán públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente puedan adoptar las sociedades indicadas en las presentes bases, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
J- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
K.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
L.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
La personería de don NELSON MOUAT ZUNINO y de don RODRIGO ALONSO BOLZONI para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, INMOBILIARIA PETROHUE S.A. e INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, constan en escrituras públicas de fecha 3 de noviembre de 2022, todas otorgadas en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien.
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Santiago, 20 de Septiembre de 2023
BASES DE LEGALES
"Descuentos Especiales Pocuro Days"
En Santiago de Chile, a 14 de agosto de 2023, comparecen las sociedades INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUE S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3, todas debidamente representadas por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número once millones cuatrocientos setenta y un mil novecientos ochenta y cuatro guion seis y por don Rodrigo Alonso Bolzoni, cédula de identidad número siete millones trescientos sesenta y dos mil sesenta y siete guión ocho, todos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; y exponen que están efectuando una promoción entre los días 15 de agosto de 2023y el 31 de agosto de 2023, ambos inclusive o, hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento especial sobre el precio de lista, para las reservas de viviendas singularizadas más adelante, de los proyectos que se indican a continuación, y siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
Proyecto | Etapa | Modelo | Lote o Unidad | Precio de Lista | Descuento (UF) | Descuento |
Condominio Alcázar | Torre 1 | D2 3D+2B | 1012 | 5.200 | 260 | 5% |
Condominio Altos de Idahue | Edificio Coihue | A2 2D+3B | T2-0302 | 8.150 | 815 | 10% |
Vista Valle | Etapa 3 | Catemu 3D+3B | F-12 | 3.940 | 276 | 7% |
Vista Valle | Etapa 5 | Lanalhue 3D+3B | J-5 | 4.500 | 225 | 5% |
Conjunto Hacienda Maule | Etapa 3 | Nahuen 3D+3B | Ñ-20 | 5.200 | 364 | 7% |
Condominio Altos de San Andrés | Torre 1 | B1.2 3D+2B | T1-106 | 4.850 | 485 | 10% |
Condominio Terramar | Torre Norte | Tipo 1 3D+2B | 301 | 4.690 | 558 | 12% |
Condominio Los Nogales II | Etapa II | Castaño 3D+3B | A-11 | 5.300 | 530 | 10% |
Condominio Jardines del Portal | Torre B | Tipo J 2D+3B | 1309 | 5.010 | 351 | 7% |
Condominio Los Sauces II | II -Torre 2 | A2 3D+2B | 107 | 7.740 | 928 | 12% |
Condominio Las Encinas I | I-Torre B4 | C 2D+2B | T-C-306 | 3.670 | 367 | 10% |
Barrio Los Castaños VII | VII-Etapa 3 Acacia | Acacia 3D+3B | H1 | 7.140 | 850 | 12% |
Conjunto Valles de Peñaflor VII 1B-2A -2B-3 | VII-Etapa 3A | Lingue 3D+3B | G-24 | 5.310 | 690 | 13% |
Condominio Vista Golf Deptos | Torre 12B | Modelo A 2D+2B | 101 | 4.950 | 396 | 8% |
Conjunto Santa Bárbara III | Etapa III- 3 | Arrayán 3D+3B | A100 | 4.160 | 333 | 8% |
Villa Tres Vientos | X | Puyehue | U-60 4D-3B | 5.145 | 515 | 10% |
Altos de Lircay | Torre B | Tipo A | 1211 3D-2B | 3.640 | 182 | 5% |
Hacienda San Sebastián III | Etapa II | Casa Coihue | Casa 53 3D-3B | 5.300 | 530 | 10% |
Jardín del Valle | I | A | TH-55 3D-3B | 3.710 | 100 | 2,70% |
Jardín del Valle | I | B | TH-29 2D+3B | 3.210 | 289 | 9% |
La Reserva de Machalí V | Etapa III | Patagua | I7 3D-3B | 6.310 | 631 | 10% |
Terrazas del Sol IV | Torre B | B | TB-501 2D-2B | 4.850 | 200 | 4,10% |
Vista Golf Casas | Etapa III | Casa Ulmo | Lote 15 3D-4B | 8.600 | 516 | 6% |
Vista Cordillera II | Torre C | Tipo A | 407 3D-2B | 3.470 | 173 | 5% |
Portal del Sur x | X | Rehue | B10-19 3D-2B | 3.150 | 200 | 6,34% |
Todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
Se deja constancia que todas las unidades que son parte de esta promoción, serán escrituradas una vez que la Inmobiliaria cuente con recepción final y autorización para enajenar.
B.- Quiénes participan: Las personas naturales o jurídicas que reserven alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, entre los días 15 de agosto de 2023y el 31 de agosto de 2023, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, siempre que, posteriormente firmen un contrato de promesa de compraventa sobre dicho inmueble en un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la reserva; y no sean de aquellas personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el 15 de agosto de 2023al 31 de agosto de 2023, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta al momento de la reserva, conforme a los montos indicados en la letra A precedente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por las sociedades indicadas anteriormente, o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, las sociedades indicadas anteriormente suspendan o modifiquen total o parcialmente esta Promoción, lo comunicarán públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente puedan adoptar las sociedades indicadas en las presentes bases, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
J- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
K.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
L.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
La personería de don NELSON MOUAT ZUNINO y de don RODRIGO ALONSO BOLZONI, para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, INMOBILIARIA PETROHUE S.A., e INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, constan en escrituras públicas de fecha 3 de noviembre de 2022, todas otorgadas en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien.
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Santiago, 17 de julio de 2023
BASES DE LEGALES
"Es Tuya / Black Inmobiliario"
En Santiago de Chile, a 17 de julio de 2023, comparecen las sociedades INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUE S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3, todas debidamente representadas por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6 y por don Pedro Juan Núñez Rodríguez, cédula de identidad número 10.101.214-K, todos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; y exponen que están efectuando una promoción entre los días 18 de julio de 2023y el 31 de julio de 2023, ambos inclusive o, hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento especial sobre el precio de lista, para las reservas de viviendas singularizadas más adelante, de los proyectos que se indican a continuación, y siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
Proyecto | Etapa | Modelo | Lote o Unidad | Precio de Lista | Descuento (UF) | Descuento |
Condominio Alcázar | Torre 1 | D2 3D+2B | 1012 | 5.200 | 260 | 5% |
Condominio Altos de Idahue | Edificio Coihue | A2 2D+3B | T2-0302 | 8.150 | 815 | 10% |
Vista Valle | Etapa 3 | Catemu 3D+3B | F-13 | 3.940 | 197 | 5% |
Vista Valle | Etapa 5 | Lanalhue 3D+3B |
J-3 | 4.500 | 135 | 3% |
Conjunto Hacienda Maule | Etapa 3 | Nahuen 3D+3B | Ñ-20 | 5.200 | 260 | 5% |
Condominio Altos de San Andrés | Torre 1 | B1.2 3D+2B | T1-106 | 4.850 | 485 | 10% |
Condominio Terramar | Torre Sur | Tipo 1 3D+2B | 201 | 4.650 | 558 | 12% |
Condominio Los Nogales II | Etapa II | Andalhue 3D+3B | A-159 | 6.820 | 682 | 10% |
Condominio Jardines del Portal | Torre B | Tipo G 3D+3B | 701 | 6.470 | 324 | 5% |
Condominio Los Sauces II | II -Torre 2 | B4 2D+2B | 108 | 4.960 | 496 | 10% |
Condominio Las Encinas I | I-Torre C | C 2D+2B |
T-C-306 | 3.670 | 367 | 10% |
Barrio Los Castaños VII | VII-Etapa 3 Acacia | Acacia 3D+3B | H35 | 7.120 | 854 | 12% |
Conjunto Valles de Peñaflor VII 1B-2A -2B-3 |
VII-Etapa 3 | Lingue 3D+3B | G-24 | 5.310 | 637 | 12% |
Condominio Vista Golf Deptos | Torre 12B | Modelo C 3D+2B |
104 | 6.200 | 496 | 8% |
Conjunto Santa Bárbara III | Etapa III- 3 | Maitén 3D+3B | I21 | 3.850 | 308 | 8% |
Condominio Vista Santiago | I | Tipo A 1D+1B | C21 | 5.240 | 1.000 | 19,08% |
Villa Tres Vientos | X | Puyehue | U-60 4D-3B |
5.145 | 515 | 10% |
Altos de Lircay | Torre B | Tipo A | 1211 3D-2B |
3.640 | 182 | 5% |
Hacienda San Sebastián III | Etapa II | Casa Coihue | Casa 94 3D-3B |
5.430 | 380 | 7% |
Jardín del Valle | I | A | TH-20 3D-3B |
3.630 | 70 | 2% |
Jardín del Valle | I | B | TH-19 2D+3B |
3.210 | 225 | 7% |
La Reserva de Machalí V | Etapa III | Patagua | I6 3D-3B |
5.170 | 517 | 10% |
Terrazas del Sol IV | Torre B | B | TB-503 3D-2B |
5.390 | 200 | 3,70% |
Vista Golf Casas | Etapa III | Casa Ulmo | Lote 29 3D-4B |
8.830 | 353 | 4% |
Vista Cordillera II | Torre C | Tipo A | 407 3D-2B |
3.470 | 173 | 5% |
Portal del Sur x | X | Rehue | B10-19 3D-2B |
3.150 | 200 | 6,34% |
Todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
Se deja constancia que todas las unidades que son parte de esta promoción, serán escrituradas una vez que la Inmobiliaria cuente con recepción final y autorización para enajenar.
B.- Quiénes participan: Las personas naturales o jurídicas que reserven alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, entre los días 18 de julio de 2023y el 31 de julio de 2023, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles, siempre que, posteriormente firmen un contrato de promesa de compraventa sobre dicho inmueble en un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la reserva; y no sean de aquellas personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el 18 de julio de 2023al 31 de julio de 2023, ambos inclusive o hasta agotar stock de unidades disponibles
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta al momento de la reserva, conforme a los montos indicados en la letra A precedente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por las sociedades indicadas anteriormente, o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, las sociedades indicadas anteriormente suspendan o modifiquen total o parcialmente esta Promoción, lo comunicarán públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente puedan adoptar las sociedades indicadas en las presentes bases, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
J- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
K.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
L.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
La personería de don NELSON MOUAT ZUNINO y de don PEDRO NÚÑEZ RODRÍGUEZ para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, INMOBILIARIA PETROHUE S.A., e INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, constan en escrituras públicas de fecha 3 de noviembre de 2022, todas otorgadas en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien.
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Santiago, 17 de julio de 2023
BASES DE PROMOCIÓN
“Beneficios Campaña Gift Card”
La sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6 y por don Pedro Juan Núñez Rodríguez, cédula de identidad número 10.101.214-K, todos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; están realizando una promoción, vigente entre los días 14 de junio de 2023 al 30 de agosto de 2023, ambos días inclusive o hasta agotar stock, la cual consiste en la entrega de una Gift Card para quienes firmen una promesa de compraventa entre las fechas señaladas precedentemente, en los proyectos que se enumeran dentro de las presentes bases.
A.- Beneficio: La presente Campaña consiste en la siguiente promoción:
Se deja expresa constancia que la Gift Card será a nombre del Beneficiario de la promoción y será entregada en forma digital, dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la firma de la escritura de compraventa definitiva.
B.- De la Promoción: Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las unidades de viviendas de los proyectos indicados a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases:
PROYECTO | Etapa | COMUNA | SOCIEDAD |
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Hacienda Maule | Etapa II y III | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Alcázar | Edificio Alcázar | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se promesen durante la vigencia de la presente Promoción, saldrán automáticamente de la promoción y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
C.- Quiénes participan: Todos aquellos que firmen promesa de compraventa durante el período indicado anteriormente, respecto de alguna de las unidades del Proyecto que se señaló precedentemente, obtendrán de pleno derecho, la calidad de “Beneficiario”, respecto de la presente promoción, y siempre que, dicha promesa no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por la sociedad indicada anteriormente.
Se deja constancia que, si son dos o más personas los titulares de la promesa de compraventa de un inmueble, éstos deberán decidir quién será el titular del beneficio. En todo caso, es obligación de ellos informar oportunamente a la Inmobiliaria quién será el titular. Si nada dicen, la Inmobiliaria queda facultada a decidir quién será el titular.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
D.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La Promoción estará vigente entre el día 14 de junio de 2023 al día 30 de agosto de 2023, ambos días inclusive o hasta agotar stock.
E.- Exclusión: La presente Promoción es acumulable con cualquier otra, anunciada u ofrecida, por la sociedad indicada anteriormente. Esta promoción, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, la sociedad indicada anteriormente podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que la sociedad indicada anteriormente suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la sociedad indicada anteriormente, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Reserva de Acciones: La sociedad indicada anteriormente se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a la sociedad indicada anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
K.- Un ejemplar de estas bases estará a disposición de los Beneficiarios y del público en general en la sala de ventas de las unidades de los Proyectos correspondientes.
L.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.Personería:
La personería de don NELSON MOUAT ZUNINO y de don PEDRO NÚÑEZ RODRÍGUEZ para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, consta en escritura pública de fecha tres de noviembre de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien.
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NELSON MOUAT ZUNINO pp. INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA |
PEDRO NÚÑEZ RODRÍGUEZ pp. INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA |
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Santiago, 14 de junio de 2023
Bases y Condiciones Generales
“Descuentos Especiales Cyber Pocuro”
En Santiago de Chile, a 15 de mayo de 2023, comparecen las sociedades INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUE S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3 y CONSTRUCTORA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.840.820-8, debidamente representadas por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6 y por don Pedro Juan Núñez Rodríguez, cédula de identidad número 10.101.214-K, todos domiciliados en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; y exponen que están efectuando una promoción entre los días 18 de mayo de 2023 y el 04 de junio de 2023, ambos inclusive o, hasta agotar stock de unidades disponibles, consistente en un descuento especial sobre el precio de lista, para las reservas de viviendas singularizadas más adelante, de los proyectos que se indican a continuación, y siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- De la Promoción:
Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, las siguientes Viviendas, cuyos descuentos se indican según modelo, a saber:
Proyecto | Etapa | Modelo | Lote o Unidad | Precio de Lista | Descuento (UF) | % Dscto |
Condominio Alcázar | Torre 1 | D2 3D+2B | 1012 | 5.200 | 260 | 5% |
Condominio Altos de Idahue | Edificio Coihue | A2 3D+2B | T2-0302 | 8.490 | 815 | 9,6% |
Conjunto Hacienda Maule | Etapa III | Nahuen 3D+3B | Ñ-20 | 5.200 | 364 | 7% |
Condominio Altos de San Andrés | Torre 1 | B1.2 3D+3B | T1-106 | 5.180 | 485 | 9,4% |
Condominio Terramar | Torre Norte | Tipo 1 3D+2B | 301 | 4.690 | 563 | 12% |
Condominio Los Nogales II | Etapa II | Aldalhue 3D+3B | A-159 | 6.820 | 682 | 10% |
Condominio Los Sauces II | II -Torre 1 | A2 3D+2B | T-1-107 | 7.730 | 773 | 10% |
Condominio Las Encinas I | I-Torre B1 | B1 2D+2B | T-B1-104 | 4.160 | 416 | 10% |
Barrio Los Castaños VII | VII-Etapa 3 | Acacia 4D+3B | H-35 | 7.120 | 854 | 12% |
Conjunto Valles de Peñaflor VII 1B-2A-2B-3 | VII-Etapa 2A | Lingue 3D+3B | G-24 | 5.310 | 637 | 12% |
Condominio Vista Golf Deptos | Torre 12B | Modelo C 3D+2B | 104 | 6.180 | 618 | 10% |
Conjunto Santa Bárbara III | Et. 3 | Arrayan 3D+3B | K-8 | 4.450 | 356 | 8% |
Condominio Vista Santiago | Torre B | Tipo G 3D+2B | C-113 | 14.580 | 2.500 | 17% |
Villa Tres Vientos | X | Puyehue | U-60 4D-3B | 5.145 | 515 | 10% |
Altos de Lircay | Torre B | Tipo A | 1211 3D-2B | 3.640 | 182 | 5% |
Hacienda San Sebastián III | Etapa I | Casa Coihue | Casa 12 3D-3B | 5.100 | 510 | 10% |
Jardín del Valle | I | A | TH-8 3D-3B | 3.630 | 100 | 2,80 |
Jardín del Valle | I | B | TH-31 2D-3B | 3.210 | 292 | 9% |
La Reserva de Machalí V | Etapa V.3 | Patagua | I-6 3D-3B | 5.170 | 517 | 10% |
Condominio Pinares DS 19 | I | Tipo BE 2D-1B | T-H-101 | 2.400 | 300 | 8,30% |
Terrazas del Sol IV | Torre B | Tipo E1 | TB-201 2D-2B | 4.510 | 225 | 5% |
Jardines del Portal | Torre B | Tipo G | 1101 3D-3B | 6.450 | 452 | 7% |
Vista Valle 3 | Etapa III | Catemu | G-10 3D-3B | 3970 | 278 | 7% |
Vista Valle 5 | Etapa V | Catemu | H-30 | 4.600 | 100 | 2,10 |
Vista Golf Casas | Etapa III | Casa Ulmo | 29 3D-4B | 8.830 | 442 | 5% |
Vista Cordillera II | Torre C | Tipo A | 306 3D-2B | 3.510 | 176 | 5% |
Portal del Sur X | X | Rehue 3D-2B | B-10-20 | 3.150 | 200 | 6% |
Todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la promoción, saldrán automáticamente del listado y dejarán de estar disponibles para futuras reservas. Se deja constancia que todas las unidades que son parte de esta promoción, serán escrituradas una vez que la Inmobiliaria cuente con recepción final y autorización para enajenar.
B.- Quiénes participan: Solamente las personas que reserven alguno de los inmuebles especificados en la letra anterior, entre los días 18 de mayo de 2023y el 04 de junio de 2023, ambos inclusive o, hasta agotar stock de unidades disponibles, siempre que, posteriormente firmen un contrato de promesa de compraventa sobre dicho inmueble en un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la reserva; y no sean de aquellas personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
C.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La promoción estará vigente desde el día 18 de mayo de 2023 y el 04 de junio de 2023, ambos inclusive o, hasta agotar stock de unidades disponibles.
D.- Variabilidad: El valor de la UF se calculará en la fecha que se firme la promesa respectiva.
La aplicación de los Descuentos establecidos en la presente promoción, serán aplicados por el ejecutivo de venta al momento de la reserva, conforme a los montos indicados en la letra A precedente.
E.- Exclusión: La presente promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente.
En razón de lo anterior y a mayor abundamiento, esta promoción no podrá acumularse o agregarse a ningún otro beneficio promocionado por las sociedades indicadas anteriormente, o alguna de sus empresas relacionadas.
Asimismo, excluye a personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que, las sociedades indicadas anteriormente suspendan o modifiquen total o parcialmente esta Promoción, lo comunicarán públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente puedan adoptar las sociedades indicadas en las presentes bases, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
J- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
K.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
L.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
La personería de don NELSON MOUAT ZUNINO y de don PEDRO NÚÑEZ RODRÍGUEZ para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, INMOBILIARIA PETROHUE S.A., INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA y CONSTRUCTORA POCURO SpA, constan en escrituras públicas de fecha 3 de noviembre de 2022, todas otorgadas en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien.
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NELSON MOUAT ZUNINO pp INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA pp. INMOBILIARIA POCURO SpA pp. INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA pp. INMOBILIARIA POCURO SUR SpA pp. INMOBILIARIA PETROHUE S.A pp. INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA pp. CONSTRUCTORA POCURO SpA |
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PEDRO NÚÑEZ RODRÍGUEZ pp. INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA pp. INMOBILIARIA POCURO SpA pp. INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA pp. INMOBILIARIA POCURO SUR SpA pp. INMOBILIARIA PETROHUE S.A pp. INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA pp. CONSTRUCTORA POCURO SpA |
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Bases y Condiciones Generales
“Condominio Los Sauces”
En Santiago de Chile, a 29 de marzo de 2023, comparece la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones ciento treinta y tres mil seiscientos seis guion uno, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6 y por don Pedro Juan Núñez Rodríguez, cédula de identidad número 10.101.214-K, ambos domiciliados para estos efectos en calle Nueva de Lyon número 145, Piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante indistintamente como la “Inmobiliaria” o “Pocuro”; expone que ha establecido las siguientes bases y condiciones generales, que en adelante se denominarán indistintamente como las “Bases de sorteo”:
PRIMERO: Antecedentes.-
Uno.Uno. La sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, está en proceso de comercialización y venta del proyecto denominado “CONDOMINIO LOS SAUCES II”, ubicado en la Comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante denominado como el “Proyecto”.
Uno.Dos. Pocuro, dentro de su plan para incentivar la participación en el diseño de sus futuros proyectos, ha decidido sortear dos Gift Card de $50.000 cada una, entre todos los cotizantes del proyecto Condominio Los Sauces, que hayan respondido una encuesta interna de Pocuro entre los días 3 de abril de 2023 y 10 de abril de 2023.
Uno.Tres. La encuesta interna será enviada a todas las personas naturales, mayores de edad y/o jurídicas que hayan cotizado en el proyecto Condominio Los Sauces II entre los días 22 de febrero de 2021 y el día 31 de marzo del año 2023.
SEGUNDO: Forma de operar el sorteo
Dos.Uno. Todas aquellas personas naturales, mayores de edad, y/o jurídicas que hayan cotizado entre los días 22 de febrero de 2021 y el día 31 de marzo de 2023, en el Proyecto Condominio Los Sauces II y que respondan la encuesta interna de Pocuro entre los días 3 de abril de 2023 y 10 de abril de 2023, tendrán la posibilidad de participar y ganar una de las dos Gift Card de $50.000 cada una de la empresa Cencosud.
Dos.Dos. El sorteo se llevará acabo entre todos los participantes el día 12 de abril de 2023 a las 16:00 horas aproximadamente, a través de la plataforma https://www.random.org/
TERCERO: Comunicación del Premio
El día 11 de abril de 2023 se notificará a los dos ganadores de las Gif Card, mediante correo electrónico y/o llamado telefónico. Los ganadores serán responsables de los datos aportados, eximiendo a Pocuro de cualquier responsabilidad derivada de la inexactitud de la información recibida.
CUARTO: Entrega de Premio
Las Gift Card se entregarán dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha del sorteo y los ganadores deberán firmar un documento de recepción conforme de la Gift Card respectiva.
QUINTO Modificaciones y suspensiones:
Por motivos de fuerza mayor, la Inmobiliaria podrá suspender o modificar, total o parcialmente, el sorteo, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesarios y que no signifiquen alterar la esencia del sorteo, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso que la Inmobiliaria suspenda totalmente este sorteo, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
SEXTO: Estipulaciones Generales.-
Sexto.Uno. Interpretación. Las presentes bases se interpretarán en sentido restringido, entendiéndose que el sorteo se otorga, única y exclusivamente, a los beneficiarios que cumplan con las condiciones indicadas anteriormente, por ende, no es posible deducir o entender implícitamente que se comprenden otros beneficios que no estén expresamente señalados en el presente instrumento. En caso de dudas acerca de la interpretación de la Promoción, se preferirá siempre aquella que no produzca obligación alguna para la Inmobiliaria y/o sus sociedades relacionadas
Sexto.Dos. Protección de datos. Los adquirentes de las unidades del Proyecto autorizan desde ya a la Inmobiliaria para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la ley 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
Sexto.Tres. Resolución de Conflictos. Para cualquier materia, diferencia o controversia que surja en relación a la promoción y/o con estas Bases, los adquirentes de las unidades del proyecto y la Inmobiliaria fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
Sexto.Cuatro. Aceptación De Las Bases. La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la Inmobiliaria, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
Sexto.Cinco. Reserva De Acciones. La Inmobiliaria se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el presente sorteo.
Sexto.Seis. Responsabilidad. Al aceptar los premios de este sorteo, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a la Inmobiliaria, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en este sorteo o de la aceptación o uso de los beneficios.
Sexto.Siete. Un ejemplar de estas bases estará a disposición de los Beneficiarios y del público en general en la sala de ventas de las Unidades del Proyecto.
Sexto.Ocho. Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una notaría de la ciudad de Santiago.
Personería:
La personería de don NELSON MOUAT ZUNINO y de don PEDRO NÚÑEZ RODRÍGUEZ para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, consta en escritura pública de fecha tres de noviembre de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien.
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NELSON ERNESTO MOUAT ZUNINO
pp. INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA
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PEDRO NÚÑEZ RODRÍGUEZ
pp. INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA
Bases Promoción
“Facilidades Pago de Pie hasta en 60 cuotas”
Las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUE S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; todas debidamente representadas por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6 y por don Pedro Juan Núñez Rodríguez, cédula de identidad número 10.101.214-K,, todas domiciliadas en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; están realizando una promoción, que consiste en una campaña para otorgar facilidades de pago, respecto del pie en los proyectos inmobiliarios que indique o determine la empresa titular de la promoción, conforme al siguiente protocolo de evaluación y condiciones comerciales a los cuales los clientes o reservantes interesados, deberán adscribirse.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las viviendas de los proyectos indicados en este documento, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- Condiciones: La presente Campaña consiste en dar facilidad a los clientes que hayan cotizado, reservado y/o prometido comprar en alguno de los proyectos que se indican en la tabla detallada en la letra B del presente instrumento. Esta campaña, implica evaluar otorgar una facilidad de pago del pie (parte del precio de compraventa como diferencia respecto del monto financiado por alguna institución financiera o crediticia que opere en la plaza) de hasta 60 cuotas. A mayor abundamiento, el tope máximo de esta Campaña para el pago del pie, es hasta un 50% de la parte del precio no financiada por Crédito Hipotecario, porcentaje aplicable sobre un tope máximo para cálculo del 10% del precio total de venta. Asimismo, en la presente campaña no se han pactado intereses de ningún tipo para el cliente.
Para la evaluación de esta facilidad de pago, consideración del plazo y monto de las cuotas en que se aceptará que se pague el pie o parte del pie, se deberá proceder con el siguiente protocolo:
1. Cliente deberá haber cotizado, reservado y/o firmado una promesa de compraventa respecto de algunos de los proyectos que se indicarán en la letra B) del presente instrumento.
2. Deberá tener un crédito hipotecario aprobado por algún banco de la plaza.
3. Deberá contar con un Aval, el cual deberá tener la calidad de consanguíneo (cónyuge, padre, madre, hermanos).
4. Una vez que el cliente cuente con su aprobación bancaria, en conjunto con su Aval deberán llenar una ficha de evaluación comercial para ser revisado por el comité evaluador de la empresa titular del proyecto inmobiliario. Toda evaluación comercial se realizará una vez que el Proyecto Inmobiliario cuente con Recepción Definitiva. En esta evaluación comercial, se analizará: comportamiento financiero, endeudamiento del titular y su aval, porcentaje de financiamiento y carga financiera final. Para lo anterior, el cliente deberá proveer los documentos necesarios para realizar la evaluación respectiva (liquidaciones de remuneraciones, declaración Impuesto a la Renta, según corresponda, contrato de trabajo, certificado de antigüedad laboral, certificado de cotizaciones, Informes Comerciales (Dicom), Informe de deudas emitido por CMF del cliente y su aval.
5. Aprobado por el comité dar facilidades de pago del pie , se informará al cliente la cantidad de cuotas (plazo) y monto en UF de las mismas. Conforme a lo cual, se procederá suscribir una escritura de Reconocimiento de Deuda con Constitución de Segunda Hipoteca, más pagaré en respaldo de esta facilidad de pago, lo anterior, en conjunto con la respectiva escritura de compraventa de la propiedad objeto de la promesa del cliente, pero por instrumento público separado.
6. Los gastos correspondientes a los aranceles notariales, de conservador y los correspondientes a los impuestos de timbre y estampillas de los instrumentos o títulos mencionados, serán de cargo y costo del cliente.
7. Una vez terminado el pago de todas las cuotas correspondiente a las facilidades de pago, el cliente deberá requerir el alzamiento de la garantía hipotecaria indicada. (La Inmobiliaria asumirá el costo de la escritura y la anotación del alzamiento en CBR respectivo.)
B.- De la Promoción: Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, los siguientes proyectos, según se indica en la siguiente tabla:
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
---|---|---|---|
Altos de Idahue | Edificio Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Villa Tres Vientos | Etapa X | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Las Encinas | Torre A1, A2, B1, B2, B3 y B4 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de San Andrés | TORRES 1 y 2 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Vista Albano | TORRES 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Torres B y C | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Terramar | Torres Norte y Sur | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Valles de Peñaflor | VII-2A | Peñaflor | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Barrio Los Castaños | VII-3 | Maipú | Inmobiliaria Petrohue S.A |
Vista Valle | Etapas 3 y 5 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro SpA |
C.- Quiénes participan: Todos aquellos que firmen una promesa de compraventa durante el período de vigencia de la promoción, respecto de alguno de los proyectos señalados precedentemente, y siempre que, califiquen conforme al procedimiento de evaluación comercial y de antecedentes que realice la empresa titular del proyecto para otorgar la facilidad de pago. Asimismo, el cliente deberá aceptar la suscripción de los documentos de respaldo de la facilidad de pago en conjunto con la celebración del contrato compraventa prometido.
D.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: La Promoción estará vigente entre los días 01 de abril de 2023 al 30 de junio de 2023, ambos días inclusive o hasta agotar stock de los proyectos, cualquiera de los eventos que pase primero. Sin perjuicio de lo anterior, las inmobiliarias podrán indistintamente renovar la vigencia de esta promoción o campaña.
E.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, cualesquiera de las sociedades indicadas anteriormente podrán suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que alguna de las sociedades indicadas anteriormente, suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
F.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
G.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
H.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
I- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
J.- Responsabilidad: Al aceptar las condiciones de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, filiales, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso del beneficio contenido en esta promoción.
K.- Un ejemplar de estas bases estará a disposición de los Beneficiarios y del público en general en la sala de ventas de las unidades de los Proyectos correspondientes.
L.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
Personerías:
La personería de don NELSON MOUAT ZUNINO y de don PEDRO NÚÑEZ RODRÍGUEZ para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, INMOBILIARIA POCURO SUR SpA e INMOBILIARIA PETROHUE S.A., constan en escrituras públicas de fecha tres de noviembre de 2022, otorgadas en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien.
______________________________
NELSON ERNESTO MOUAT ZUNINO
pp. INMOBILIARIA POCURO SpA
pp. INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA
pp. INMOBILIARIA POCURO SUR SpA
pp. INMOBILIARIA PETROHUE S.A
______________________________
PEDRO NÚÑEZ RODRÍGUEZ
pp. INMOBILIARIA POCURO SpA
pp. INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA
pp. INMOBILIARIA POCURO SUR SpA
pp. INMOBILIARIA PETROHUE S.A
Bases Promoción
“Beneficios y Facilidades Campaña Compra con Tranquildad”
Las sociedades INMOBILIARIA POCURO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 96.602.000-8; INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.613-4; INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.606-1; INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.133.622-3; INMOBILIARIA PETROHUE S.A., persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 99.535.240-0; INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.466.063-3; todas debidamente representadas por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6, todas domiciliadas en Nueva de Lyon N° 145, Piso 13, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; están realizando varias promociones, que consisten en una campaña con beneficios y facilidades para quienes realicen una reserva en alguno de los proyectos que se enumeran dentro de las presentes bases.
Esta Promoción aplica, única y exclusivamente, para las reservas de viviendas de los proyectos indicados a continuación, siempre y cuando, se cumplan con las condiciones establecidas en estas bases.
A.- Beneficios y Facilidades: La presente Campaña consiste en las siguientes promociones:
En el caso de los trabajadores dependientes, se deberá acompañar copia del finiquito suscrito por las partes, donde conste que el término de la relación laboral es por una decisión unilateral del empleador y no por renuncia del trabajador o mutuo acuerdo de las partes.
En general, deberá acreditarse que el cese de la relación laboral se produce por causas ajenas a la voluntad o conducta del trabajador o funcionario, por lo que no le es imputable, proviniendo de una decisión o necesidad unilateral de parte del empleador.
En el caso de los trabajadores independientes, deberán acreditar el impedimento mediante documentos fehacientes, tales como no emisión de boletas de honorarios en periodos afectados y otros antecedentes que permitan acreditar el no ingreso de recursos.
B.- De la Promoción: Son parte de esta promoción, única y exclusivamente, los siguientes proyectos, cuyo descuento se indica, según la siguiente tabla:
1. 50% de descuento en la reserva durante los meses de abril-mayo y junio de 2023. (desde el 01 de abril de 2023 al 30 de junio de 2023).
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
---|---|---|---|
Vista Valle | Etapa 5 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Terrazas del Sol IV | Edificio B | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Jardín del Valle | Etapa 1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Condominio Los Sauces II | Torre A y B | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Torre B y C | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Los Nogales | Etapa II E1 | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Las Encinas | Torre A1, A2, B1, B2, B3 y B4 | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Barrio Los Castaños | Etapa VII-3 | Maipú | Inmobiliaria Petrohue S.A. |
Valles de Peñaflor | VII-2A - VII-2B- VII-3 | Peñaflor | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | III-3 | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Vista Albano | Torre 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | Etapa V E3 | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | Edificio B | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Hacienda Maule | Etapas E2 y E3 | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Alcázar | Etapa Única | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Villa Tres Vientos | Etapas X y XI | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de San Andrés | Torre 1 y 2 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Jardines del Portal | Torre B | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Hacienda San Sebastián | Etapa 3 y 4 | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Vista Golf | Etapas 4 -9 y 12B | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Condominio Los Robles | Etapa III | Pucón | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar | Torre Norte y Sur | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Cordillera | II Etapa 2 | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Portal del Sur X | Etapa X | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
2. Garantía de Cesantía o Enfermedad Catastrófica, durante los meses de abril-mayo-junio de 2023. (desde el 01 de abril de 2023 al 30 de junio de 2023).
PROYECTO | EDIFICIO o ETAPA | COMUNA | SOCIEDAD |
---|---|---|---|
Vista Valle | Etapa 5 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Terrazas del Sol IV | Edificio B | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Jardín del Valle | Etapa 1 | Coquimbo | Inmobiliaria Pocuro Norte SpA |
Condominio Los Sauces II | Torre A y B | Huechuraba | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Vista Santiago | Torre B y C | Peñalolén | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Los Nogales | Etapa II E1 | Padre Hurtado | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Condominio Las Encinas | Torre A1, A2, B1, B2, B3 y B4. | Maipú | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Barrio Los Castaños | Etapa VII-3 | Maipú | Inmobiliaria Petrohue S.A. |
Valles de Peñaflor | Etapa VII-2A, VII-2B, VII-3 | Peñaflor | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Santa Bárbara | Etapa III-3 | San Bernardo | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Condominio Vista Albano | Torre 1 y 2 | La Cisterna | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
La Reserva de Machalí | Etapa V E3 | Machalí | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Altos de Lircay | Edificio B | Talca | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Hacienda Maule | Etapa E2 y E3 | Maule | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Alcázar | Etapa Única | Talca | Inmobiliaria Pocuro Centro SpA |
Villa Tres Vientos | Etapa X y XI | Los Ángeles | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de San Andrés | Torre 1 y 2 | Concepción | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Altos de Idahue | Edificio Coihue | San Pedro de la Paz | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Jardines del Portal | Torre B | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Hacienda San Sebastián | Etapas 3 y 4 | Temuco | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Condominio Vista Golf | Etapas 4, 9 y 12B | Temuco | Inmobiliaria Vista Golf SpA |
Condominio Los Robles | Etapa III | Pucón | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Terramar | Torre Norte y Sur | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro SpA |
Vista Cordillera | II Etapa 2 | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Portal del Sur X | Etapa X | Puerto Montt | Inmobiliaria Pocuro Sur SpA |
Se deja constancia que, todas aquellas unidades que se reserven durante la vigencia de la presente Promoción, saldrán automáticamente de esta promoción y dejarán de estar disponibles para futuras reservas.
C.- Quiénes participan: Todos aquellos que firmen una reserva durante el período de vigencia de cada promoción, respecto de alguna de las viviendas de los proyectos señalados precedentemente, obtendrán de pleno derecho, la calidad de “Beneficiario”, respecto de la promoción aplicable, según el proyecto, y siempre que, dicha reserva no sea de aquellas en que solicite cambio de vivienda, respecto de la cual ya se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y/o se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
Se deja constancia que, si son dos o más personas los titulares de la reserva de un inmueble, éstos deberán decidir a nombre quién será el titular en el caso de los beneficios señalados. En todo caso, es obligación de ellos informar oportunamente a la Inmobiliaria quién será el titular. Si nada dicen, la Inmobiliaria queda facultada a decidir quién será el titular.
En caso que ocurra un cambio de titular en la reserva y/o promesa de compraventa, se entenderá que el Beneficiario será el nuevo titular, perdiendo todos los beneficios aquel que cedió sus derechos en la promesa.
Sin perjuicio de lo ya expuesto, esta Promoción no altera en ningún caso el plazo establecido para firmar la promesa de compraventa, una vez hecha la reserva.
D.- Vigencia de la Promoción y Publicidad: Las Promociones estarán vigentes entre los días 1 de abril de 2023 al 30 de abril de 2023, ambos días inclusive o hasta agotar stock de unidades ofrecidas, cualquiera de los dos que pase primero.
E.- Exclusión: La presente Promoción es excluyente de cualquier otra, anunciada u ofrecida, por cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente. Asimismo, excluye a las personas que soliciten cambio de vivienda, respecto de la cual se hubiere suscrito reserva o promesa de compraventa; y aquellas que se hubieren desistido de celebrar un contrato de promesa de compraventa o compraventa, respecto de alguna de las viviendas ofrecidas por las sociedades indicadas anteriormente.
F.- Suspensión o Modificación de la Promoción: Por motivos de fuerza mayor, cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente podrá suspender o modificar, total o parcialmente, la Promoción, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases. Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesario y que no signifiquen alterar la esencia de la presente Promoción, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso de que alguna de las sociedades indicadas anteriormente, suspenda totalmente esta Promoción, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
G.- Resolución de Conflictos: Los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Santiago serán competentes para conocer cualquier cuestión que se suscite con ocasión del cumplimiento de estas Bases.
H.- Aceptación de las Bases: La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
I.- Protección de Datos: Los adquirentes de las unidades de los Proyectos indicados anteriormente, autorizan desde ya a las Inmobiliarias para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la Ley N° 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
J- Reserva de Acciones: Las sociedades indicadas anteriormente se reservan el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la presente Promoción.
K.- Responsabilidad: Al aceptar los premios de la Promoción, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a cualquiera de las sociedades indicadas anteriormente, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en la Promoción o de la aceptación o uso de los beneficios.
L.- Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una Notaría de la ciudad de Santiago.
Personerías:
La personería de don NELSON MOUAT ZUNINO y de don PEDRO NÚÑEZ RODRÍGUEZ para representar a las sociedades INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA, INMOBILIARIA POCURO SpA, INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, INMOBILIARIA POCURO SUR SpA, INMOBILIARIA PETROHUE S.A., e INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA, constan en escrituras públicas de fecha tres de noviembre de 2022, otorgadas en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien.
______________________________
NELSON ERNESTO MOUAT ZUNINO
Pp. INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA
pp. INMOBILIARIA POCURO SpA
pp. INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA
pp. INMOBILIARIA POCURO SUR SpA
pp. INMOBILIARIA PETROHUE S.A
pp. INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA
______________________________
PEDRO NÚÑEZ RODRÍGUEZ
Pp. INMOBILIARIA POCURO NORTE SpA
pp. INMOBILIARIA POCURO SpA
pp. INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA
pp. INMOBILIARIA POCURO SUR SpA
pp. INMOBILIARIA PETROHUE S.A
pp. INMOBILIARIA VISTA GOLF SpA
Bases y Condiciones Generales
Sorteo Gift Card
“Condominio Los Sauces”
En Santiago de Chile, a 29 de marzo de 2023, comparece la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones ciento treinta y tres mil seiscientos seis guion uno, debidamente representada por don Nelson Mouat Zunino, cédula nacional de identidad número 11.471.984-6 y por don Pedro Juan Núñez Rodríguez, cédula de identidad número 10.101.214-K, ambos domiciliados para estos efectos en calle Nueva de Lyon número 145, Piso 13, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante indistintamente como la “Inmobiliaria” o “Pocuro”; expone que ha establecido las siguientes bases y condiciones generales, que en adelante se denominarán indistintamente como las “Bases de sorteo”:
PRIMERO: Antecedentes.-
Uno.Uno. La sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, está en proceso de comercialización y venta del proyecto denominado “CONDOMINIO LOS SAUCES II”, ubicado en la Comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante denominado como el “Proyecto”.
Uno.Dos. Pocuro, dentro de su plan para incentivar la participación en el diseño de sus futuros proyectos, ha decidido sortear dos Gift Card de $50.000 cada una, entre todos los cotizantes del proyecto Condominio Los Sauces, que hayan respondido una encuesta interna de Pocuro entre los días 3 de abril de 2023 y 10 de abril de 2023.
Uno.Tres. La encuesta interna será enviada a todas las personas naturales, mayores de edad y/o jurídicas que hayan cotizado en el proyecto Condominio Los Sauces II entre los días 22 de febrero de 2021 y el día 31 de marzo del año 2023.
SEGUNDO: Forma de operar el sorteo
Dos.Uno. Todas aquellas personas naturales, mayores de edad, y/o jurídicas que hayan cotizado entre los días 22 de febrero de 2021 y el día 31 de marzo de 2023, en el Proyecto Condominio Los Sauces II y que respondan la encuesta interna de Pocuro entre los días 3 de abril de 2023 y 10 de abril de 2023, tendrán la posibilidad de participar y ganar una de las dos Gift Card de $50.000 cada una de la empresa Cencosud.
Dos.Dos. El sorteo se llevará acabo entre todos los participantes el día 12 de abril de 2023 a las 16:00 horas aproximadamente, a través de la plataforma https://www.random.org/
TERCERO: Comunicación del Premio
El día 11 de abril de 2023 se notificará a los dos ganadores de las Gif Card, mediante correo electrónico y/o llamado telefónico. Los ganadores serán responsables de los datos aportados, eximiendo a Pocuro de cualquier responsabilidad derivada de la inexactitud de la información recibida.
CUARTO: Entrega de Premio
Las Gift Card se entregarán dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha del sorteo y los ganadores deberán firmar un documento de recepción conforme de la Gift Card respectiva.
QUINTO Modificaciones y suspensiones:
Por motivos de fuerza mayor, la Inmobiliaria podrá suspender o modificar, total o parcialmente, el sorteo, debido a situaciones no imputables a la misma y/o no previstas en estas bases.
Asimismo, podrá efectuar los cambios operativos que considere necesarios y que no signifiquen alterar la esencia del sorteo, sin que ello genere derecho a compensación alguna a favor de los participantes.
En caso que la Inmobiliaria suspenda totalmente este sorteo, lo comunicará públicamente dentro de las 48 horas siguientes, aclarándose desde ya, que cualquier decisión será ajustada a la legislación vigente.
SEXTO: Estipulaciones Generales.-
Sexto.Uno. Interpretación. Las presentes bases se interpretarán en sentido restringido, entendiéndose que el sorteo se otorga, única y exclusivamente, a los beneficiarios que cumplan con las condiciones indicadas anteriormente, por ende, no es posible deducir o entender implícitamente que se comprenden otros beneficios que no estén expresamente señalados en el presente instrumento. En caso de dudas acerca de la interpretación de la Promoción, se preferirá siempre aquella que no produzca obligación alguna para la Inmobiliaria y/o sus sociedades relacionadas
Sexto.Dos. Protección de datos. Los adquirentes de las unidades del Proyecto autorizan desde ya a la Inmobiliaria para incluir sus nombres en bases de datos y efectuar su tratamiento en conformidad a la ley 19.628 de 1999 y sus modificaciones.
Sexto.Tres. Resolución de Conflictos. Para cualquier materia, diferencia o controversia que surja en relación a la promoción y/o con estas Bases, los adquirentes de las unidades del proyecto y la Inmobiliaria fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiago y se someten a la competencia de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
Sexto.Cuatro. Aceptación De Las Bases. La sola participación en la Promoción implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de estas bases, así como de las decisiones que posteriormente pueda adoptar la Inmobiliaria, en relación con cualquier punto o cuestión no prevista en las mismas, toda vez que éstas no resulten abusivas e infundadas.
Sexto.Cinco. Reserva De Acciones. La Inmobiliaria se reserva el derecho a ejercer las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante el presente sorteo.
Sexto.Seis. Responsabilidad. Al aceptar los premios de este sorteo, los clientes eximen de toda responsabilidad, presente o futura, a la Inmobiliaria, a sus empresas controladoras, subsidiarias, afiliadas, a sus respectivos directores, empleados, consultores y agentes, de toda y cualquier demanda o acción de responsabilidad legal, de cualquier naturaleza, que pudiera resultar de su participación en este sorteo o de la aceptación o uso de los beneficios.
Sexto.Siete. Un ejemplar de estas bases estará a disposición de los Beneficiarios y del público en general en la sala de ventas de las Unidades del Proyecto.
Sexto.Ocho. Se faculta al portador de las presentes bases para protocolizar el texto íntegro del presente instrumento en una notaría de la ciudad de Santiago.
Personería:
La personería de don NELSON MOUAT ZUNINO y de don PEDRO NÚÑEZ RODRÍGUEZ para representar a la sociedad INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA, consta en escritura pública de fecha tres de noviembre de 2022, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien
______________________________
NELSON ERNESTO MOUAT ZUNINO
Pp. INMOBILIARIA POCUR CENTRO SpA
PEDRO NÚÑEZ RODRÍGUEZ
Pp. INMOBILIARIA POCURO CENTRO SpA