GARANTÍAS
Los plazos de responsabilidad de las diferentes partidas de una vivienda son:
- Terminaciones o acabado de las obras: como cielos, pisos, puertas, revestimientos y pinturas exteriores e interiores, barnices, alfombras, cerámicas, quincallería, muebles adosados o empotrados a la
construcción.
3 años
a partir de la fecha de la inscripción del inmueble, a nombre del comprador, en el Conservador de Bienes Raíces.
- Instalaciones o elementos constructivos: como cubiertas de techumbre, ventanas, estructuras no soportantes de muro y cielo, bases de pavimentos, estructuras o bases de pisos, impermeabilizaciones, aislamientos térmico y acústico,
o de las instalaciones eléctricas, corrientes débiles, calefacción, climatización, gas, sanitarias, redes húmedas y secas de incendio, sistemas de evacuación de basura, instalaciones y equipos eléctricos
mayores como ascensores, equipos de presurización, calderas colectivas y grupos electrógenos. 5 años a partir de la fecha de la recepción definitiva de la obra por parte de la Dirección de Obras Municipales.
- Estructura soportante: como cimientos, sobrecimientos, fundaciones, muros soportantes, losas, vigas, cadenas, pilares, estructura de techumbres y entramados horizontales o verticales de carácter estructural. 10 años a partir de la fecha
de la recepción definitiva de la obra por parte de la Dirección de Obras Municipales.